Estas pensiones son un Derecho otorgado por el Estado nacional a quienes no tengan un trabajo en relación de dependencia y no hayan aportado al sistema previsional (de jubilación). Los titulares pueden ser personas con 76% de invalidez, madres de siete o más hijos y personas mayores de 70 años sin ingresos.
Son incompatibles con otros tipos de pensiones y con las jubilaciones y/o asignaciones, es decir, las personas que tienen una pensión no contributiva no pueden contar con otra pensión y/o jubilación. La titularidad es vitalicia siempre y cuando se mantengan las mismas condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.
A partir de los 18 años, la persona con discapacidad que ya recibía una pensión no contributiva a través de sus padres o responsables, pasará a ser titular de ese derecho y a cobrarla directamente a su nombre. Si no tenía esta pensión y a partir de ese momento la quiere solicitar podrá hacerlo mediante una presentación ante el organismo correspondiente, contando con todos los apoyos necesarios que le permitan realizar el trámite en las condiciones adecuadas. (Resolución ANDIS 93/2020)
¿Cómo tramitar la pensión?
Para solicitar la Pensión No Contributiva (PNC) hay que tramitar el Certificado Médico Oficial (CMO) en el Hospital Público o Centro de Salud más cercano al domicilio del/la titular y luego solicitar un turno en la página de ANSES: www.argentina.gob.ar/anses
Todos los trámites son gratuitos. No se necesita gestor.