Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad
Los Derechos de las personas con discapacidad están proclamados en la Convención Internacional, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y ratificada por nuestro país en mayo de 2008 por la Ley 26.378. Con esta ratificación el Estado argentino tiene la obligación de hacer cumplir los principios que promueve la Convención.
La Convención promueve un modelo social de la discapacidad que considera a la persona con su integridad física y moral, como sujeto pleno de derechos y vinculándola con su entorno familiar, comunitario y social.
El texto de la Convención tiene 50 artículos y un Protocolo Facultativo con otros 16 artículos. En estos últimos se establecen las condiciones para la recepción y tramitación de quejas o denuncias individuales e indican cómo debe ser la relación entre cada Estado y el Comité de Seguimiento de la Convención.